Jueves, 23 Febrero 2012
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TÉRMINOS Y CONDICIONES A. TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES B. TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS CONFIDENCIALES LOS CONTRATOS JURÍDICOS SE SUSCRIBEN ENTRE UD. (CLIENTE) Y AUDINFOR, S.L. Y REGULAN LA UTILIZACIÓN DEL SERVICIO DE IMPORTACIÓN DE DATOS POR PARTE DE UD. PARA ACEPTAR LAS SIGUIENTES CONDICIONES HAGA CLICK EN “Acepto”. SI NO ESTÁ DE ACUERDO CON LAS CONDICIONES NO HAGA CLICK EN “Acepto” Y NO UTILICE EL SERVICIO. A. TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES GENERAL EL PRESTADOR DE SERVICIOS, Audinfor, S.L. es una entidad dedicada a prestar servicios informáticos. El CLIENTE tiene suscrito un contrato de prestación de servicios de mantenimiento (en adelante Contrato Principal) con Audinfor, S.L. que implica el acceso por parte del PRESTADOR DE SERVICIOS a datos de carácter personal de los que es responsable EL CLIENTE. El CLIENTE en cumplimento de lo dispuesto por el artículo 12 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante LOPD), acepta las siguientes condiciones y términos relativos al contrato de TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES. CONDICIONES Y TÉRMINOS: El objeto de este contrato es establecer las condiciones en las que EL PRESTADOR DE SERVICIOS va a tratar los datos de carácter personal a los que tenga acceso como consecuencia de los servicios de mantenimiento de Audinfor, S.L. objeto del Contrato Principal, y cuya titularidad ostenta EL CLIENTE de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12.2 de la LOPD. De acuerdo con la legislación vigente en materia de protección de datos, el acceso del PRESTADOR DE SERVICIOS a los datos facilitados por EL CLIENTE no será considerado cesión de datos, ocupando EL PRESTADOR DE SERVICIOS la posición de encargado de tratamiento. El presente contrato entrará en vigor desde la fecha de su aceptación y durará hasta que se produzca la terminación, por cualquier causa, del Contrato Principal. EL CLIENTE mantendrá en todo momento la titularidad sobre los datos, con las modificaciones que sufran como consecuencia de su tratamiento. Así, en todo momento EL CLIENTE conservará el derecho exclusivo de propiedad y uso de los datos y todos sus procesos de actualización. EL PRESTADOR DE SERVICIOS, en relación con los datos de carácter personal del CLIENTE, a los que tenga acceso en modo remoto y como consecuencia de la prestación de los servicios objeto del Contrato Principal, se obliga a: Tratar los datos únicamente conforme a las instrucciones dictadas por EL CLIENTE, a no aplicarlos o utilizarlos con fin distinto al que figura en el Contrato Principal y a no incorporarlos a soportes o sistemas distinto de los del CLIENTE. No comunicar datos de carácter personal, ni siquiera para su conservación, a otras personas distintas de las que son parte en el presente Contrato, salvo que sea requerido a ello por una autoridad competente o por el propio titular en el ejercicio de sus derechos de acceso, rectificación y cancelación de acuerdo con la normativa en vigor. EL PRESTADOR DE SERVICIOS no podrá subcontratar con un tercero la realización de parte del tratamiento encomendado por EL CLIENTE sin autorización previa por su parte. Respetar las medidas de seguridad que correspondan en función del nivel de seguridad aplicable a la naturaleza de la información objeto de tratamiento y que figuran en el Documento de Seguridad del CLIENTE, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la LOPD. Cumplir con cualesquiera otras obligaciones que, en su calidad de encargado de tratamiento, pudiera corresponderle de conformidad con la legislación vigente en materia de protección de datos. EL PRESTADOR DE SERVICIOS queda obligado a mantener el más absoluto secreto sobre los datos que conozca como consecuencia de la prestación del servicio y se compromete a hacer cumplir el mismo deber de secreto a aquéllos de sus empleados que intervengan en cualquier fase del tratamiento de datos de carácter personal que se realice como consecuencia de la prestación del servicio. Esta obligación subsistirá para EL PRESTADOR DE SERVICIOS aún después de finalizar su relación con EL CLIENTE. A la terminación del presente contrato, cualquiera que sea la causa, EL PRESTADOR DE SERVICIOS deberá: Proceder a la destrucción o devolución al CLIENTE de toda la información de carácter personal que haya sido objeto de tratamiento como consecuencia de la prestación del servicio así como cualquier tipo de soporte o documento que contengan información de carácter personal. No procederá la destrucción de datos en caso de previsión legal que exija su conservación. En este último caso, EL PRESTADOR DE SERVICIOS devolverá al CLIENTE dicha información para que proceda a su conservación. EL PRESTADOR DE SERVICIOS conservará, debidamente bloqueados, los datos facilitados por EL CLIENTE así como los generados durante la prestación de servicios siempre y cuando puedan derivarse responsabilidades de la relación entre ambas partes. EL PRESTADOR DE SERVICIOS será responsable de todos los daños y perjuicios que se ocasionen derivados del incumplimiento o cumplimiento defectuoso de las obligaciones asumidas en el presente contrato, incluyendo los derivados de cualesquiera sanciones que al CLIENTE se le impongan por tal circunstancia. En el caso de que EL PRESTADOR DE SERVICIOS incumpla el presente Contrato en alguno de sus términos y/o la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal, responderá ante la Agencia de Protección de Datos de las infracciones que se puedan haber cometido. Ambas partes convienen que este contrato se regirá por lo dispuesto en el mismo y, en cuanto a lo no previsto en él, por lo establecido en la legislación mercantil y civil. Para cualquier cuestión litigiosa que pudiera suscitarse como consecuencia de la interpretación o incumplimiento de este contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Bilbao. B. TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS CONFIDENCIALES GENERAL El objeto de este contrato es proteger la información confidencial transmitida a Audinfor, S.L. y evitar su divulgación, por cualquier medio, a terceras partes ALCANCE La información confidencial objeto de este acuerdo (en adelante “información confidencial”) se define de forma general como todo tipo de información técnica y financiera, previsiones, nombres, direcciones y demás información sobre clientes, contratos, prácticas, soporte, procedimientos, así como otro tipo de información comercial. VIGENCIA Este acuerdo permanecerá vigente hasta que una de las partes lo diere por terminado mediante un aviso por escrito que deberá ser comunicado con una anticipación de treinta (30) días. Las disposiciones y cláusulas del presente acuerdo permanecerán en vigor después de la terminación del contrato en todo lo referente a la información confidencial revelada antes de la fecha real de extinción del contrato. Las partes que reciban información confidencial (cada una de ellas referidas en adelante como “Receptor”) procedente de las partes que revelen información confidencial (cada una de ellas referidas en adelante como “CLIENTE”) utilizarán la información confidencial sólo a propósito de, y en relación con, la relación comercial existente entre las partes. A menos que las partes acuerden lo contrario por escrito, el deber del receptor de proteger la información confidencial expira a los tres (3) años a contar desde la fecha en la que la información le fue facilitada. Un receptor, a petición escrita del CLIENTE, deberá devolver de forma inmediata toda información confidencial recibida del CLIENTE junto con todas las copias existentes, o bien certificar de forma escrita que dicha información y sus copias han sido destruidas. PROTECCIÓN El receptor se compromete a proteger la información confidencial revelada con la misma diligencia que utiliza para proteger la propia información confidencial, así como prevenir: (a) cualquier uso de la información confidencial no autorizado en este acuerdo; (b) la difusión de la información a todo empleado u otro receptor que no necesite conocerla; (c) la transmisión de información confidencial a una tercera parte; o (d) la publicación de información confidencial. EXCLUSIONES Este acuerdo no impone ninguna obligación a los receptores con respecto a la información confidencial que (a) el receptor pueda demostrar que estaba en su poder antes de que la recibiese del CLIENTE; (b) esté o se haga disponible al público sin que esto sea achacable al receptor; (c) haya sido recibida de forma legítima por el receptor procedente de una tercera parte que no tenga ningún compromiso de confidencialidad con el CLIENTE; (d) haya sido facilitada por el CLIENTE a una tercera parte que no esté sujeta a ningún acuerdo de confidencialidad; (e) haya sido creada por el receptor de forma independiente sin que se haya producido una violación de este acuerdo; o (f) haya sido transmitida por el receptor con el permiso escrito previo del CLIENTE. En caso de que una institución gubernativa, un Juzgado o la legislación vigente exijan la divulgación de la información confidencial, el receptor se compromete a notificar al CLIENTE tal eventualidad con una antelación razonable, de forma que el CLIENTE pueda impugnar la divulgación de dicha información o solicitar medidas de protección. RESPONSABILIDADES Cada parte reconoce que los daños producidos por la divulgación ilícita de información confidencial pueden ser irreparables; por lo tanto, la parte perjudicada tiene derecho a solicitar una compensación equitativa, incluyendo medidas cautelares, además de otras indemnizaciones que le pudieran corresponder. Las obligaciones y deberes incluidos en este acuerdo, en relación con cualquier información confidencial, pueden ser impuestos a todos y cada uno de los receptores de dicha información. JURISDICCIÓN El presente acuerdo se regirá conforme a las leyes vigentes en España. En caso de que surjan dudas y/o efectos, únicamente serán competentes los Tribunales de Bilbao, renunciando las partes a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles. Si un Tribunal competente considera que alguna cláusula / estipulación de este acuerdo no es válida o no puede ser ejecutada, será considerada como nula sin que ello afecte o suponga la nulidad de la totalidad del acuerdo o del resto de las cláusulas que éste incluya, que seguirán en vigor como si dicha cláusula no hubiese sido introducida.
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